Términos y condiciones




Chemical Empowering prefers the establishment of joint ventures with local partners. If the sale is necessarily required, the general terms and conditions applied are shown below.




Chemical Empowering prefiere el establecimiento de joint ventures con socios locales. Si la venta es necesaria, los términos y condiciones generales aplicados se muestran a continuación.

Sin perjuicio de lo que se establezca en la oferta final, en la que también se informen los valores económicos de los mismos,

Arte. 1) DENOMINACIÓN DE VENTA: Cada propuesta es aceptada por Chemical Empowering de conformidad con todas las condiciones generales de venta posteriores, sin excluir ninguna. Cualquier condición introducida por el comprador en el pedido, en contraposición a las condiciones generales de venta de Chemical Empowering, se considerará inválida. Cualquier condición acordada verbalmente no tiene valor a menos que Chemical Empowering la confirme por escrito.

Arte. 2) CONTRATO DE SUMINISTRO: el contrato se concluye únicamente cuando Chemical Empowering envía la confirmación del pedido al comprador. La aceptación de la oferta deberá en todo caso resultar de un documento escrito. Cualquier compromiso verbal o escrito por parte de los agentes del proveedor no es válido sin la confirmación expresa por escrito de la propia Chemical Empowering. Salvo pacto en contrario, los posibles costes de transcripción del contrato, en caso necesario, correrán a cargo del comprador.

Arte. 3) ENTREGA: Los plazos de entrega son siempre aproximados y nunca vinculantes. En caso de interrupciones, dificultades en el abastecimiento de materias primas, averías en los talleres utilizados por Chemical Empowering, condiciones climáticas adversas, pandemias y en cualquier otro caso de fuerza mayor, estos plazos se prorrogarán en proporción a la continuación de estos acontecimientos. Los plazos de entrega comienzan a partir del día en que se finaliza el contrato en todos los aspectos, también formales, incluido el envío de los anticipos. Cualquier suspensión o retraso causado por el comprador, aunque sea de muy corta duración, es motivo de caducidad de los plazos de entrega. En este caso, la entrega se realizará dentro de los plazos que serán restablecidos por las partes de forma compatible con los requisitos de producción de Chemical Empowering. El retraso en las entregas no permite al comprador cancelar el pedido ni reclamar una indemnización, por ningún motivo.

Arte. 4) PRECIO: Salvo pacto en contrario, el precio se refiere a la mercancía entregada ex-taller de montaje de Chemical Empowering, excluyendo los gastos de embalaje, carga, transporte, aduanas, descarga, instalación. Si en el período comprendido entre la fecha de confirmación de la propuesta por parte de Chemical Empowering y la entrega de la mercancía, se produjeran cambios en costos y moneda, Chemical Empowering tendrá derecho a revisar el precio de acuerdo con la normativa vigente.

Arte. 5) CONDICIONES DE PAGO: Salvo pacto en contrario, los pagos deberán realizarse en efectivo, neto de descuento, directamente a las cuentas de Chemical Empowering, en los términos indicados en la confirmación del pedido. En caso de retraso en el pago, el comprador deberá pagar intereses de demora iguales al tipo Euribor vigente + 2%. El pago de las cuotas individuales no podrá diferirse por ningún motivo ni por excepción alguna. En particular, cualquier conflicto relativo al suministro no autoriza al cliente a retrasar los pagos más allá de los plazos acordados, que se consideran perentorios y esenciales. En caso de pago a plazos, el impago de dos plazos, aunque no sean consecutivos, el contrato deberá considerarse resuelto de ley por mora.

Arte. 6) CRÉDITO DEL COMPRADOR: Si se producen cambios en la composición societaria del comprador o, en cualquier caso, noticias y hechos que, según el indiscutible criterio del Euribor, provoquen una disminución de la solvencia del comprador, u otros factores perjudiciales. tales como protestas, ejecuciones, etc., si el pago no se realizó completamente por adelantado, Chemical Empowering tendrá el derecho de suspender la ejecución del contrato o suspender la fase del contrato (Ej. Estudio de Factibilidad, Básico, etc.). .), exigir garantía alguna o rescindir el contrato por justa causa sin obligación de indemnización alguna. Los anticipos pagados serán retenidos por Chemical Empowering como reembolso de gastos, lucro cesante y compensación por daños y perjuicios, sin perjuicio del mayor.

Arte. 7) GARANTÍA DE FABRICACIÓN: el dispositivo/planta construido por Chemical Empowering está garantizado por la misma por 12 (doce) meses a partir de la fecha de entrega. Cualquier defecto debe informarse dentro de los 8 (ocho) días siguientes a su descubrimiento. La garantía se refiere al uso correcto del dispositivo/instalación, respetando las instrucciones proporcionadas por Chemical Empowering y el folleto de mantenimiento. Chemical Empowering no asume ninguna responsabilidad por los daños resultantes de la inexperiencia y negligencia del comprador o de sus empleados, de sobrecargas inadmisibles, de medios y materiales de operación inadecuados, de defectos en los cimientos y estructuras de la propiedad anfitriona o de consecuencias debidas a procesos químicos, electroquímicos y Acciones eléctricas, ajenas al funcionamiento al que se utiliza el dispositivo/instalación. Para realizar las reparaciones y sustituciones necesarias para Chemical Empowering que sean necesarias como consecuencia de la citada garantía, el cliente deberá conceder a Chemical Empowering un plazo adecuado y facilitarle gratuitamente a su solicitud el personal de ayuda y cualquier otro medio necesario. Las piezas del suministro retiradas o reemplazadas se consideran “en garantía” y pasan a ser propiedad de Chemical Empowering sólo si presentan defectos o defectos de origen y los costos de transporte de las piezas a reemplazar, reemplazar o reparar son responsabilidad del cliente. . A petición del cliente, la reparación también podrá realizarse fuera de la oficina de Chemical Empowering y los gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento correrán a cargo del cliente. Las citadas condiciones de garantía se aplican siempre que el cliente ha cumplido todas las obligaciones derivadas del contrato y de la ley y en particular las relativas al pago y mantenimiento programado, y siempre que el montaje ha sido realizado por los técnicos del proveedor. En el caso de que el comprador opere el dispositivo/planta sin el consentimiento de Chemical Empowering, cualquier garantía cesará.

Arte. 8) GARANTÍA DE RENDIMIENTO: si es necesario, Chemical Empowering puede proporcionar una garantía específica sobre los niveles de producción acordados contractualmente en lo que respecta al dispositivo/planta. Tendrá la misma duración que la garantía de fabricación. Salvo que se acuerde contractualmente lo contrario, el coste de esta garantía corre a cargo del cliente.

Arte. 9) PROPIEDAD DEL DISPOSITIVO/PLANTA: El derecho de propiedad sobre el dispositivo/planta proporcionado permanece con Chemical Empowering hasta el pago total del precio acordado. A falta de pago total, Chemical Empowering podrá retirar, o no entregar, el dispositivo/planta reteniendo las cuotas pagadas en concepto de indemnización del daño, sin perjuicio del mayor. En caso de entrega antes del pago total, el comprador se compromete a asegurar el dispositivo/instalación por su propia cuenta contra daños resultantes de incendio y en cualquier otro caso fortuito y a no transferir la posesión del dispositivo/instalación, hasta el pago total, sin el consentimiento de Chemical Empowering. Se acuerda expresamente que el dispositivo/planta no pagado en su totalidad no será considerado parte del inmueble en el que se encuentre, ni destinado al uso del propio inmueble, y que, por tanto, la propiedad del dispositivo/planta en sí puede También podrá reclamarse contra quienes ya hubieran tenido, o hubieran adquirido posteriormente, algún derecho real sobre la propiedad del comprador. Chemical Empowering tiene el derecho de renunciar al derecho acordado anteriormente en relación con el dispositivo/instalación objeto del suministro.

Arte. 10) CLÁUSULA PENAL: Si el comprador desiste de la propuesta, incluso del tiempo, o del contrato, una vez perfeccionado este último, o se niega a recibir el/los aparato/s o la/s planta/s objeto del propio contrato, además de perdiendo el monto del anticipo en concepto de depósito, deberá pagar a Chemical Empowering, en concepto de penalización, un monto equivalente al 30% (treinta por ciento) del precio acordado para la compra del mismo/s aparato/s o de la/s planta/s.

Arte. 11) PESOS, DIMENSIONES, DATOS TÉCNICOS Y PROYECTOS EJECUTADOS: Los proyectos, planos, ilustraciones, datos de peso, dimensiones, rendimientos, datos de consumo, etc. comunicados con la oferta son sólo aproximados. Los datos indicados en la propuesta y los datos reales de los materiales no pueden ser motivo de reclamación por parte del comprador. Si las experiencias y/o las necesidades de procesamiento lo recomiendan, Chemical Empowering puede realizar ligeros cambios en los detalles del suministro y en los datos que no son objeto de un compromiso particular acordado, sin que el cliente plantee disputas. Todo lo anterior excepto lo establecido explícitamente en el contrato de compra.

Arte. 12) MONTAJE: El montaje o instalación se puede realizar con la asistencia del personal especializado de Chemical Empowering. El contrato deberá indicar si el montaje está incluido en el precio de la maquinaria o si debe pagarse aparte; en su defecto, el montaje deberá pagarse aparte; en todo caso queda establecido que se refiere únicamente al desempeño de las labores del personal de Chemical Empowering, quedando excluidos por tanto los viajes, mano de obra, portes y equipos de transporte y elevación, andamios y albañilería y cimentación, ebanistería, carpintería etc. y en general todos los Trabajos auxiliares para la instalación de la maquinaria suministrada. Sin declaración explícita de la empresa proveedora, el instalador no podrá realizar trabajos distintos de los indicados en la ficha de montaje. Chemical Empowering sólo se responsabiliza del montaje de última tecnología de la maquinaria suministrada. El cliente está obligado a firmar la hoja de trabajo del instalador y con esta firma confirmará los hechos establecidos en la misma.

Arte. 13) PRUEBA DE ACEPTACIÓN: A falta de normas y reglamentos de uso, contemplados en el contrato de suministro o en acuerdos especiales, la prueba de aceptación se realizará según las normas establecidas por Chemical Empowering. Si la prueba de aceptación no fuera posible o se retrasara por causas no imputables a Chemical Empowering, ésta comunicará al cliente la fecha elegida para la ejecución (por correo certificado o telegrama o correo electrónico certificado por terceros), con un preaviso de 15 días ( quince); una vez transcurrido el día indicado, el dispositivo/planta deberá considerarse probado. Cuando no se acuerde la instalación, la prueba de aceptación del dispositivo/instalación suministrada se realiza en el taller de Chemical Empowering antes de la entrega.

Arte. 14) DISPUTAS: Para todos los efectos legales, el cliente acepta, exclusivamente en cualquier otro, la aplicación de la ley suiza y la competencia de la Autoridad Judicial suiza, en particular del Tribunal de Zurich, incluso si la propuesta o el contrato están estipulados en otra parte o a través de Corredores, Agentes o Representantes y cualquiera que sea el medio de pago pactado. Salvo que se acuerde contractualmente lo contrario durante la fase de compra.

Arte. 15) TERMINACIÓN DEL CONTRATO: Si el comprador, después de perfeccionar el pedido, solicitara, por cualquier motivo, la cancelación del contrato, esta solicitud deberá considerarse jurídicamente equivalente a la resolución del contrato por causa y culpa de el propio cliente, con total seguridad de todos los derechos de habilitación química también para una posible acción de reintegración y/o mantenimiento.

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